SR./SRA. TINTORERO TRADICIONAL: EVITE SER INFRACCIONADO
En el año 2005 se sancionó la LEY 1727 que regula el funcionamiento de las tintorerías. En la cual se obliga, antes del 2015, a quienes trabajan con máquinas que usan solvente Exxon D 40 (de baja toxicidad), que compren máquinas que utilizan PERCLOROETILENO (Altamente Tóxico y cancerígeno, también abortivo, daña los riñones, el corazón; entre otros males y su inhalación provoca la muerte -O.M.S.-).
Informamos que se encuentra corriendo el plazo de 90 días para iniciar los trámites y regularizar la situación, ya que la Dirección de Planeamiento Ambiental del C.A.B.A. exige poseer distintas planillas, para no sancionar con multas, a saber:
1) Certificado de Aptitud Ambiental y Categorización (Ley Nº 123).
2) Inscripción en el Registro de Tintorería (Ley Nº 1727).
3) Inscripción en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos (Ley Nº 24051).
4) Inscripción al Registro de Generadores de Residuos Peligroso, en CABA (Ley Nº 2214 y decreto reglamentario Nº 2020/07).
5) Informe de AYSA de no vuelco de efluentes líquidos a la red pluvial.
6) Planes de contingencia y Certificado de aptitud tecnológica de las máquinas.-
“DEFENDIENDO LOS DERECHOS PARA CONTINUAR EN ESTA ACTIVIDAD”
¿Dónde podría encontrarme con Ustedes?
ResponderEliminar